La AEPD publica una infografía con los criterios para el tratamiento de los datos personales que deben cumplir los centros educativos
Por regla general, los centros educativos no necesitan el consentimiento de los titulares de los datos personales para su tratamiento, o de sus progenitores o tutores, ya que estará justificado en el ejercicio de la función educativa.
No obstante, deben informar a las familias sobre al menos:
* La identidad del responsable del tratamiento.
* La finalidad para la que se recaban los datos personales y su licitud.
* Los derechos de las personas interesadas, por ejemplo, los derechos de acceso o rectificación y dónde ejercerlos.
CRITERIOS PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES EN CENTROS EDUCATIVOS
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