La Audiencia Nacional sentencia que el trabajador no es obligado a dar su número ni utilizar su móvil privado, para recibir códigos de seguridad por SMS o mensajería para garantizar la seguridad de acceso a aplicaciones y sistemas corporativos.

La sentencia de la Audiencia Nacional aclara que, si la empresa implementa estos protocolos de doble factor de autenticación u otros, tiene que suministrar al trabajador los dispositivos necesarios para cumplirlos, o, subsidiariamente obtener su consentimiento libre.

AN SENTENCIA: 00014/2024

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