APDCAT – resolución acerca del uso de la biometría

La Autoritat Catalana de Protecció de Dades ha publicado la primera resolución acerca del uso de la biometría tras la guía de la AEPD. La consulta se basa en el uso de firma biométrica en los servicios de salud (consentimiento informado, contratos laborales y app «la meva salut»).

Acerca de la firma del consentimiento informado, como la identificación/autenticación del paciente ya se ha realizado con anterioridad no se trataría de un dato biométrico del art. 9.1 RGPD. No hay plantilla previamente registrada sino que se almacena en el momento de la firma para casos de discrepancia posterior (siendo esta una nueva finalidad). Al no considerarse dato de categoría especial la base jurídica es el consentimiento siempre que se ofrezca una alternativa válida.

En relación al uso de la firma con el dedo en una pantalla, para el contrato de trabajo, en este caso, no se considera dato biométrico.

APDCAT SOBRE BIOMETRÍA TRAS LA GUÍA DE LA AEPD.

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