La AEPD apercibe a una empresa por la implantación del sistema de registro horario sin realizar EIPD

La AEPD concluye que : «La implantación del sistema de registro horario sin realizar la preceptiva EIPD , dado el alto riesgo que supone el tratamiento para los derechos y las libertades de los empleados, constituye una clara infracción del RGPD«.
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