Atresmedia sancionada en 50 mil euros por no haber distorsionado la voz de una victima de un delito.

ATRESMEDIA publica en un medio de comunicación un vídeo de contenido violento en el que se escuchan las voces de los agresores y de la víctima (incluidos varios menores). Los rostros fueron pixelados, pero no distorsionaron las voces de la victima. El agresor físico y el que graba.

La voz no es considerada como dato de categoría especial, sin embargo tendrá la consideración de dato especialmente sensible al corresponderse de datos de menores (por permitir la pronta identificación de la persona y aumentar los riesgos sobre su privacidad).

Vulneración de lo establecido en el artículo 5.1.c) y sanción de 50 mil euros.

PS-00175-2024

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