Sentencia TJUE acerca de la falta de consentimiento previo de los docentes, en relación con las clases on-line en época de pandemia.
En Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 30 de marzo de 2023, se considera que la difusión en directo por videoconferencia de las clases de enseñanza escolar pública está comprendida dentro del ámbito de aplicación del RGPD. En relación a los alumnos, el consentimiento venía dado por los mismos o sus padres si eran menores.
El TJUE resuelve que, este tratamiento de datos de docentes está bajo el ámbito de aplicación del RGPD, y que debe ser el órgano jurisdiccional, único competente para interpretar el Derecho Laboral, si las disposiciones nacionales controvertidas se ajustan o no al art.88 del RGPD.
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