La GDPD italiana sanciona una empresa por conservar el correo corporativo de un ex trabajador

La ex empleada denunció supuestas infracciones del Reglamento por parte de la empresa. La cuenta de correo electrónico del denunciante permaneció activa más de año y medio después de la baja de la empleada, siendo reenviados los correos electrónicos entrantes a la cuenta de otro empleado.
 
La Autoridad Italiana en Protección de Datos considera una violación de los principios de legalidad y transparencia, minimización de datos y limitación de la conservación.
 
La empresa sancionada tampoco había informado al interesado sobre el tratamiento de sus datos en relación con la cuenta de correo electrónico después de la finalización de la relación laboral, suponiendo un incumplimiento del deber de informar.
 
La sanción que recayó a la empresa fue de 20 mil euros.
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