La Audiencia Nacional confirma la sanción de 25 mil euros a Glovo por carecer de DPO

Estamos ante una de las primeras resoluciones sancionadoras de la AEPD contra entidades privadas por carecer de Delegado de Protección de datos.
 
La Audiencia Nacional estima que:
 
«Esa actividad de intermediaria exige, necesariamente, que el usuario aporte sus datos personales y esos datos personales son seguidos de manera habitual y sistemática por parte de la actora puesto que estamos ante una App popularísima cuyas técnicas para obtener datos, hacer un seguimiento de los mismos y predecir la geolocalización o ubicación de los interesados son factores que evidencian que se emplean los citados datos en actividades de mercadotecnia y por ello se exige que la empresa efectué un tratamiento de datos personales debiendo el encargado del tratamiento cumplir con absoluta plenitud las disposiciones del RGPD y LO 3/2018 en el ejercicio de su actividad«.

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