Nueva sentencia del TSJ de Galicia acerca de los mensajes de Whatsapp fuera del horario laboral.

Según nueva sentencia del TSJ de Galicia, el hecho de recibir mensajes en el grupo de WhatsApp del trabajo, fuera del horario de trabajo, no significa «necesariamente» vulneración del derecho a la desconexión digital de los trabajadores.

De acuerdo con el TSJ de Galicia no hay vulneración en el derecho a la desconexión digital teniendo en cuenta que otros compañeros tenían distintos horarios y se trataban cuestiones que afectaban a todos los empleados. Los mensajes no eran habituales, ni había un requerimiento de respuesta inmediata, y tampoco existían instrucciones de mantenerse conectada. En alguna ocasión se le exigió responder, pero no hubo sanción o amonestación por no hacerlo.

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