Publicado en el BOE la Circular de la AEPD sobre la nueva regulación para la realización de llamadas comerciales
El BOE de hoy acaba de publicar la Circular de la Agencia Española de Protección de Datos sobre la nueva regulación para la realización de llamadas comerciales que entrará en vigor mañana derivada del artículo 66.1B y DF 6º de la Ley General de Telecomunicaciones. Nuevas medidas:
1- Se prohíben las llamadas comerciales a números generados de forma aleatoria sin el consentimiento previo del usuario;
2- A parte del consentimiento expreso, será lícito igualmente el tratamiento de los datos personales de los usuarios finales si es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento o por un tercero;
3- El responsable del tratamiento deberá realizar, con carácter previo al inicio del tratamiento y atendiendo a las distintas categorías de afectados, la correspondiente ponderación de los derechos e intereses en conflicto. En caso de ser requerido, el responsable deberá justificar la correspondiente ponderación ante la AEPD y, en su caso, ante los organismos de supervisión o de resolución de controversias previstos en los códigos de conducta que sean aplicables por razón de la materia.
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