Sanción de 200 mil euros a BBVA por borrar datos de un dispositivo corporativo transferido a un empleado tras finalizar la relación laboral.
El BBVA ha sido sancionado con 200.000 euros por la AEPD, por haber transferido un dispositivo corporativo a una (ex)empleada tras finalizar su relación laboral. La parte reclamante fue despedida en abril de 2022 y en junio de dicho año se produce el borrado de datos del terminal.
La entidad aportó documentación del denominado: «Proyecto CORPORATE SMARTPHONE».
En la Condición 3, Condiciones de uso del terminal móvil corporativo de gama superior, se señala que d) La Empresa se reserva el derecho de eliminar, remota o físicamente, todos los datos que se encuentren en las aplicaciones corporativas contenidas en el dispositivo de comunicación móvil. El derecho a eliminar dicha información puede ejercerlo la empresa en cualquier momento durante la duración del contrato del empleado con la Empresa, o posteriormente al mismo, sin necesidad de aviso previo por parte de la Empresa.
La AEPD impone la multa por la infracción del art. 6.1 por haber tratado los datos sin base de legitimación.
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