Sanción de 8 mil euros por ceder datos personales y económicos de la TGSS vía WhatsApp a un particular

La AEPD impuso una sanción de 8.000 euros a una entidad por doble infracción art. 5.1.f) y 32 RGPD por ceder indebidamente datos personales y económicos (deudas) de laTesorería General de la Seguridad Social vía WhatsApp a un particular.
 
La Agencia considera que se trata de una pequeña empresa no habituada al tratamiento de datos personales, pero la infracción afecta a la imagen del reclamante y es que, según consta en los mensajes de WhatsApp aportados, la reclamada emite juicios presuntamente ofensivos contra el reclamante.
 
La Agencia le impone medidas correctivas que impidan que en el futuro se repitan hechos similares e informe a la AEPD de las mismas, en el plazo de 1 mes.
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