Sanción de 70 mil euros a UPS por entregar un paquete al vecino sin consentimiento o previo aviso

La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto dos sanciones a la compañía de transportes UPS por entregar el paquete de un pedido de MediaMarkt a una vecina de la comunidad del destinatario.
 
El denunciante hizo un pedido a la tienda online de MediaMarkt, que encargó los servicios de agencia de transportes UPS. El repartidor de la empresa intentó entregar el paquete en el domicilio, pero ante la ausencia del destinatario en su casa, decidió entregarlo a una de las vecinas de la comunidad.
 
La AEPD considera que al entregar el paquete con los datos personales que figuran en la etiqueta de envío a una persona no autorizada como es un vecino, el responsable está vulnerando la obligación de seguridad del tratamiento y de la integridad y confidencialidad.
 
La resolución impone una sanción por infracción del artículo 5.1.f) del RGPD, tipificada en el artículo 83.5 del RGPD, con una multa de 50.000 euros y una segunda por una infracción del artículo 32 del RGPD, tipificada en el artículo 83.4 del RGPD, con una multa de 20.000 euros.