Obligación de las empresas de garantizar la seguridad de los ficheros que contengan datos personales

La Sala del Contencioso del Tribunal Supremo en STS nº188/2022 Contencioso-Administrativo 15/02/2022, establece la obligación de las empresas de garantizar la seguridad de los ficheros que contengan datos personales de sus clientes es de medios y no de resultado, sin que sea exigible la infalibilidad de las medidas adoptadas. No obstante es exigible la adopción e implantación de medidas técnicas y organizativas, que conforme al estado de la tecnología y en relación con la naturaleza del tratamiento realizado y los datos personales en cuestión, permitan razonablemente evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Más información consulte nuestra página de servicios