El Tribunal Supremo condena en 50 mil euros por vulneración del derecho al honor y a la propia imagen

El Tribunal Supremo confirma la condena a un particular por subir fotos a una red social, aunque las mismas hayan sido autorizadas previamente a otro medio su utilización. El TS entiende que no es legitimo tomar esas fotos y publicarlas en otro medio distinto, especialmente cuando no se ha pedido el consentimiento de su titular.

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