UPS sancionada con 84 mil euros por el envío de un paquete a un local comercial, y no en el domicilio, sin el consentimiento del reclamante, y exponiendo el número de teléfono y datos postales.
La AEPD sanciona con 84.000 mil euros a UPS por la entrega de un paquete en un local comercial, y no en el domicilio, exponiendo el número de teléfono del reclamante y los datos postales (ambos datos personales figuraban impresos en el paquete del que era destinatario) y no contaba con el consentimiento debido.
La empresa fue condenada por violar los siguientes artículos:
– 5.1.f) del RGPD, tipificada en el artículo 83.5 de dicha norma, multa administrativa de cuantía 100.000 euros.
– infracción del artículo 32 del RGPD, tipificada en el artículo 83.4 de dicha norma, multa administrativa de cuantía 40.000 euros.
Se tiene en cuenta la reincidencia al haber sido sancionada UPS por los mismos hechos en 2022.
El reconocimiento de responsabilidad y el pronto pago, reduce la sanción a los 84.000 euros.
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