El uso de teléfonos móviles personales públicos como doble factor de autenticación no está legitimado

La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado con apercibimiento al Ayuntamiento de Madrid por utilizar los teléfonos móviles personales de los empleados públicos como segundo factor de autenticación.
 
La AEPD señala que el uso de los dispositivos móviles personales públicos como doble factor de autenticación no está legitimado al no concurrir las bases legitimadoras de las establecidas en el artículo 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
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