Sanción de 6000 euros por utilizar medios personales para del desarrollo de relación laboral.
Una empresa fue sancionada en 6000 euros por facilitar el número de teléfono personal de una de sus trabajadoras a otras 18 personas del equipo ya que «entiende que es el que va a usar para sus tareas laborales«. La reclamante alega no haber sido solicitado previamente su consentimiento.
La reclamante expone que su teléfono móvil personal y Whatsapp colapsan, y la única llamada que alcanza a responder es de una persona que le indica que la empresa le ha facilitado sus datos. Ante la sorpresa pregunta a la empresa quien ha facilitado su número a las 18 personas. La empresa contesta que ha sido ella ya que no contestó los correos previos.
Además la reclamante manifiesta que la empresa crea una dirección de correo electrónico utilizando también su número de teléfono y correo electrónico personal como cuenta de recuperación, sin consentimiento, claro. La empresa es sancionada en 6.000 euros por no contar con base de legitimación.
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