No vulnera el art. 6.1 del RGPD la utilización voluntaria de la cámara web por parte de los trabajadores

La AEPD ha resuelto no haber vulneración del art. 6.1 RGPD por la utilización voluntaria de la cámara web por parte de los trabajadores para acceder a salas virtuales «para fomentar la sensación de equipo y cohesión social y promover el bienestar emocional de los trabajadores frente al sentimiento de aislamiento y soledad que puede producir el trabajo en remoto«.
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