Vodafone es sancionada con 70.000 euros por infringir los artículos 21del RGPD y 21 de la LSSI

La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado a Vodafone con 70.000 euros por infringir los artículos 21 del RGPD, relativo al derecho de oposición, y el articulo 21 de la LSSI, respecto al envío de comunicaciones comerciales, suponiendo 50.000 y 20.000 euros respectivamente.
 
El reclamante ejercita su derecho de oposición al recibir mensajes publicitarios de la entidad en su correo electrónico. No obstante, el reclamante recibe cuatro mensajes más, en seguida de haber recibido respuesta por parte de la reclamada.
 
Vodafone declara que la dirección de correo electrónico utilizada para el envío de comunicaciones comerciales NO se puede considerar dato personal, ni siendo de aplicación el RGPD.
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